Medidas de prevención en el uso de estanterías metálicas en un almacén
Medidas de prevención en el uso de estanterías metálicas en un almacén

El uso de un almacén dotado de estanterías metálicas requiere la adopción de determinadas medidas preven­tivas, sobre todo durante la conformación y disposi­ción de las cargas.

No obstante, también deben adoptarse otro tipo de medidas preventivas, como las que veremos a continuación a lo largo de este artículo.

Conformación y disposición de las cargas en estanterías metálicas

A continuación se detallan los aspectos que se deben tener en cuenta en lo que a la conformación y disposición de las cargas en estanterías metálicas en un almacén se refiere.

Elementos de carga (paletas, contenedores, etc.)

Los productos deben disponerse sobre elementos nor­malizados que resistan la carga depositada sin deformarse y que permitan el almacenado seguro sobre las estanterías.

- Toda paleta, contenedor, etc. en mal estado debe ser inmediatamente reemplazada/o; será retirado del servicio, se señalizará como deficiente y se procederá a su reparación o a su destrucción, según sea el caso.

- Las unidades de carga utilizadas no deben sobrepasar los límites perimetrales, altura y peso máximo estable­cidos en el diseño de la instalación.

- Las paletas o elementos de carga del tipo perdido ap­tas sólo para transporte, aunque estén normalizadas carecen de la suficiente resistencia para su apilado y solo se deben utilizar para el almacenado en estante­rías, si éstas poseen alvéolos provistos de elementos estructurales de soporte, especialmente diseñados para este fin (tales como travesaños intermedios, pa­neles, rejillas, bandejas u otros adecuados) .

Confección y separación de cargas (picking)

Cuando se deban realizar tareas de picking en los pasillos, la zona de trabajo y sus accesos debe señalizarse convenientemente para evitar que se produzcan accidentes.

Cuando el tamaño, forma o resistencia de los objetos no permitan obtener cargas de cohesión suficiente como para oponerse a su caída, éstas serán inmovi­lizadas con la ayuda de dispositivos de retención de resistencia garantizada (fundas de material plástico retráctil, redes, cintas, ejes, etc.) y se situarán preferentemente a nivel del suelo en la estantería.

Preparación de pedidos por el personal

Cuando no se disponga de platafor­mas o los elementos adecuados para ello no se efectuará la preparación de pedidos en cotas superiores al suelo

Está estrictamente prohibido subirse por las estante­rías o situarse encima de las mismas. Este extremo debe estar claramente señalizado e incorporado en los procedimientos o instrucciones de trabajo establecidos e implantados.

Así mismo, está prohibida la elevación de personas en carretillas elevadoras, exceptuando los casos ex­cepcionales previstos en la normativa.

El almacén debe disponer de zonas de trabajo específicas y adecuadamente señalizadas para la preparación de pedidos y el acondicionamiento de cargas. Y si esta labor debe realizarse al pie de las estanterías, razón de más para señalizarla y proteger así al personal de la circulación de los equipos de elevación y de los accesorios de los mismos.

Manipulación de las unidades de carga dentro del almacén

Siempre se emplearán las herramientas y accesorios adecuados y reglamentarios para proceder a al manipulación de paletas y contenedores en el almacén.

Las cargas deben estar afianzadas antes de ser transportadas, elevadas o apiladas para evitar que puedan caer de la paleta o contenedor en el que estén depositadas.

Tampoco deberás transportar, elevar o almacenar unidades de carga apiladas una sobre la otra. De este modo se evitará que éstas puedan caer o deslizar. En todo caso, y para garantizar su estabilidad en le caso de tener que proceder de este modo, las unidades de cargar siempre deberán afianzarse.

Identificación de las prestaciones de la instalación

Las estanterías metálicas deben contar con carteles que informen sobre las cargas máximas por nivel, por bastidor, su distribución y la separación entre niveles de las mimas. Esta señalización debe estar en un lugar visible, como la cabecera.

Esta señalización debe ser claramente identificable por el operario o usuario de la instalación independientemente del tipo de estantería de que se trate.

Modificación de las estanterías metálicas

Cualquier cambio en la configuración de la estantería y/o en sus elementos debe tener la consideraciñon que merece, dado el riesgo que supone no tener en cuenta que un cambio de las especificaciones iniciales requiere el recalculado y aprobación de las nuevas condiciones de utilización de la estantería por parte de la empresa responsable del diseño.

Estas nuevas caracte­rísticas y su aprobación o denegación a los nuevos usos previstos serán confirmadas por escrito por la empresa responsable del diseño.

En el enlace varias recomendaciones importantes para garantizar la seguridad a la horas de realizar modificaciones en la configuración de las estanterías que, además, vienen recogidas en la norma UNE EN 15635:2010 es su apartado 7.

Condiciones de explotación

En cumplimiento de las exigencias del RD. 486/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, en su Anexo I: “Deberán tomarse las medidas adecuadas para la protección de los trabajadores autorizados a acceder a las zonas de los lugares de trabajo donde la seguridad de los mismos pueda verse afectada por riesgos de caída, caída de objetos,... Asimismo, deberá disponerse, en la medida de lo posible, de un sistema que impida que los trabajadores no autorizados puedan acceder a dichas zonas. Dichas zonas deberán estar claramente señalizadas”.

Por lo tanto, sólo los trabajadores autorizados al efecto podrán acceder las zonas de trabajo donde su seguridad pueda verse afectada. Estos trabajadores deberán haber sido formados para realizar esas tareas conforme al procedimiento de trabajo previsto e implantado al efecto.

Al mismo tiempo, se deben implantar sistemas para evitar que puedan acceder trabajadores no autorizados.

Las siguientes recomendaciones servirán para asegurar unas condiciones de explotación seguras:

  • Mantener libre de todo obstáculo los pasillos de servi­cio y circulación de las carretillas de manutención así como los pasillos peatonales.
  • Los pasillos peatonales ubicados en las vías de circulación de carretillas elevadoras ten­drán un ancho mínimo de 1 m y estarán debidamente señalizados.
  • Prohibir el paso de personas por los pasillos de ser­vicio, y si excepcionalmente se hace, se señalizará la prohibición de acceso para vehículos de manutención. Controlar el acceso a las áreas de almacenamiento de personal ajeno.
  • Ex­tremar las precauciones en los cruces de los pasillos con señalización adecuada y medios que faciliten la visibi­lidad, como por ejemplo espejos adecuados.
  • No circular, en ningún caso, con la carga elevada.
  • No realizar almacenamientos en los pasillos de circulación.

Señalización de las zonas del almacén

La señalización se realizará siguiendo las exigencias des­critas en el Anexo VII. 3 del RD. 485/1997 sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.

Todas las zonas de la instalación (zonas de circulación, zonas de aparcamiento de equipos de trabajo, zonas de almacenamiento en estanterías metálicas, límites de cada una...) deben estar debidamente señalizadas y delimitadas.

Mantenimiento de las estanterías industriales metálicas

Todas las estanterías industriales metálicas deberán estar sometidas a un programa de mantenimiento. Lo recomendable es que éste sea realizado por el propio fabricante de las estante­rías o de acuerdo con el mismo.

Cómo parte del mantenimiento de las estanterías debe disponerse unas listas de comprobación que faciliten la fácil inspección y comunicación de las anomalías detectadas para facilitar los programas de mantenimiento preven­tivo.

Debe establecerse, así mismo, un plan de inspecciones periódicas que permita detectar, registrar e informar sobre anomalías fácilmente visibles así como su rápida reparación. Nos referimos a las siguientes:

  •       Orden y limpieza de las áreas de almacenamiento y vías de circulación.
  •       Ele­mentos deformados o dañados.
  •       Defectos de verticalidad.
  •       Debilitamiento del suelo.
  •       Fal­ta de clavijas de seguridad.
  •       Cargas deterioradas, etc.

Es necesario fijar un plan específico de inspecciones periódicas con reporte de daños, para instalaciones al alta rotación de mercancías o elevadas horas de trabajo. Este plan debe incluir al menos una inspección visual diaria, una inspección semanal, una inspección mensual y una inspección anual por experto.

Las reparaciones o modificaciones resultantes de las insepcciones pertinentes debe ser llevadas a cabo por personal cualificado propio o externo o por personal del fabricante de las estanterías metálicas.

Dichas inspecciones deben realizarse con las estanterías vacías de carga, salvo estudio previo del riesgo de realizar la reparación con carga parcial o total, para mantener las garantías de seguridad.

Lo elementos deformados tras un golpe deben ser reparados o reemplazados. En este caso, el reemplazo se realziar con un elmento idéntico. Jamás se empleará la soldadura ya que ello puede alterar las características mecánicas del acero.

Si no pudiera repararse, la estantería debe quedar fuera de servicio debidamente señalizada hasta que se proceda a su reparación.

Se llevará un registro con las observaciones relativas al estado de las estructuras y suelo de la instalación. Los datos que debe recoger dicho documento son la fecha, la naturaleza de la ano­malía detectada, los trabajos de restauración, su fecha además de información adicional sobre las cargas.

Iluminación del almacén

El nivel mínimo de iluminación del almacén dependerá de la exigencia visual requerida. De acuerdo al Anexo IV del RD 486/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, los pasillos de circulación de uso exclusivo, en los que no se requiera lectura alguna, tendrán una iluminación mínima de 50 lux medidos a nivel del suelo.

Este nivel mínimo deberá duplicarse cuando por sus características, estado u ocupación, existan ries­gos apreciables de caídas, choques u otros accidentes.

Cuando se requiera la lectura de texto que precisa una atención visual baja el nivel mínimo será de 100 lux. Será superior en función del nivel de atención requerida para una correcta percepción visual.

Los sistemas de iluminación estarán ubicados por enci­ma de los pasillos asegurando que sea suficiente en las zonas de trabajo y que no resulte deslumbrante para los operarios y no se produzcan zonas de sombra en el lugar de trabajo.

Las lumina­rias deben estar situadas fuera del alcance de los aparatos o carretillas de manutención y de sus cargas.

También es necesaria la instalación de aparatos de alumbrado de emergencia que indiquen claramente la salida al exterior en caso necesario, que deben estar protegidos contra golpes.

El equipamiento de alumbrado roto, sucio, deteriorado o que presente luminarias fundidas debe ser sustituido o reparado. Las luminarias del almacén así como todos los equipos eléctricos del mismo seguirán lo prescrito en el vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT).

Orden y limpieza en el almacén

En cumplimiento de las exigencias del Anexo II del RD. 486/97, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, el almacén se ha de mantener limpio y ordenado en todo momento, siendo aconsejables las operaciones siguientes

  • Las zonas de paso, salidas y vías de circulación de los lugares de trabajo y, en es­pecial, las salidas y vías de circulación previstas para la evacuación en casos de emergencia, deben permanecer libres de obstáculos de forma que sea posible utilizarlas sin dificultades en todo momento.
  • Limpieza regular del polvo acumulado en las lumina­rias.
  • Limpieza de los almacenes de forma pe­riódica (como mínimo semanalmente) y siempre in­mediatamente después de cualquier incidente que provoque un derrame de materiales (polvos, líquidos, grasas, etc.).
  • Cuando se almacenen bidones, depósitos, etc. de pro­ductos químicos inflamables, tóxicos, etc. se dispondrá de los preceptivos sistemas de recogida de producto y/o neutralización y eliminación del mismo para caso de su vertido accidental.

 

Fuente: NTP 618 del Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de España, dedicada a las condiciones de seguridad en el almacenamiento en estanterías metálicas convencionales para cargas paletizadas.


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